CAPITULO VII
LAS ACCIONES PARA
GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO
CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE
EVALUACIÓN.
ARTICULO SEPTIMO. Se institucionalizará
el sistema de evaluación a través de una amplia difusión en la comunidad
educativa, formará parte del Manual de Convivencia y de la Agenda escolar
respectiva para cada curso. La Coordinación Académica hará el seguimiento y
acompañamiento respectivo a fin de que todos los docentes cumplan con lo
establecido en el sistema institucional de evaluación. Cada estudiante tendrá
un observador que reflejará los desempeños, actitudes y toda manifestación del
estudiante como parte integral de la comunidad.
Dos acciones garantizan que el Sistema institucional de
avaluación (SIE) se cumpla:
Ø
Le
corresponde al consejo académico evaluar el SIE y hacer los ajustes
correspondientes, previo informe del representante de área, ciclo ó comisión de
evaluación
Ø
Le
corresponde al Consejo Directivo aprobar las modificaciones previo concepto del
consejo académico.
Ø
A
los docentes que ingresen nuevos a la institución se les dará a conocer el PEI
y el SIE
Observación Importante:
ResponderEliminarEs necesario establecer estrategias que permitan hacer más amplia la difusión del sistema de evaluación en la comunidad educativa.(Aporte Sede B JT)
aportes preescolar
ResponderEliminarSe debería realizar un cronograma al final de año entregarse a inicio de cada año, para realizar ajustes pertinentes además de ser entregado a los padres de familia.